El CAP es el Certificado de Aptitud Profesional que capacita para la conducción autobuses, camiones y de cualquier vehículos destinados al transporte profesional de pasajeros o mercancías. El CAP de viajeros, también conocido como CAP de autobús o CAP de pasajeros, es obligatorio desde el 9 de septiembre de 2008 para los conductores de autobús con permiso D, D1, D+E o D1+E. A su vez, el CAP de mercancías o CAP de camión es obligatorio desde el 9 de septiembre de 2009 para los conductores de camiones con permiso C, C1, C+E o C1+E. El CAP, expedido por las consejerías autonómicas con competencias en materia de Transporte tras un examen posterior a la realización del curso, tiene una validez de cinco años, tras los cuales debe renovarse mediante un curso de formación continua. En Centro Formación BOTELLA impartimos los tres cursos CAP en ALzira, Carlet y Sedaví
La obligatoriedad del CAP se contempla en el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, que regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera. Modificado por el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril. A su vez, el real decreto traspone la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003. Desde la entrada en vigor del real decreto, el Certificado de Aptitud Profesional es necesario para la conducción por vías públicas españolas, al igual que en el resto de países de la Unión Europea, de este tipo de vehículos
Hay dos modalidades para los cursos de obtención inicial del CAP:
a) La modalidad ordinaria del CAP: de 280 horas de duración por alumno.
Para conductores que quieran conducir camiones a partir de los 18 años y autobuses (D1) desde los 18 años o (D) desde los 21 años.
b) La modalidad Acelerada del CAP: de 140 horas de duración por alumno.
Tanto para mercancías como viajeros, ambos tienen un temario común y un temario específico en función de la especialidad. Las materias comunes se ocupan de la conducción racional (conocimiento del vehículo, los frenos, los neumáticos, la eco-conducción), la normativa (documentos del conductor, ordenación del transporte terrestre, tiempos de trabajo/conducción/descanso, y tacógrafo), conducción segura (prevención de riesgos físicos, estado psicofísico, normas de tráfico, señalización, conducción segura y situaciones de emergencia).
La especialidad de viajeros se ocupa también de aspectos generales del transporte de pasajeros, de la reglamentación del transporte de viajeros por carretera, de las funciones del conductor y la interacción con los pasajeros, y de la carga. A su vez, la especialidad de mercancías, abarca aspectos generales y relacionados con las mercancías peligrosas.
Módulo 1. Conducción racional basada en las normas de seguridad.
1.1 Objetivo: Conocer las características de la cadena cinemática para optimizar su utilización.
1.2 Objetivo: Características técnicas y funcionamiento de los dispositivos de seguridad a fin de dominar el vehículo, minimizar su desgaste y prevenir anomalías de funcionamiento.
1.3 Objetivo: Optimización del consumo de carburante.
1.4 Objetivo: Ser capaz de realizar una operación de carga respetando las consignas de seguridad y la buena utilización del vehículo.
Módulo 2. Aplicación de la reglamentación.
2.1 Entorno social del transporte por carretera y su reglamentación.
2.2 Reglamentación relativa al transporte de mercancías.
Módulo 3. Salud, Seguridad Vial y Medioambiental, Servicio y Logística.
3.1 Los riesgos de la carretera y los accidentes de trabajo.
3.2 Prevención de la delincuencia y del tráfico de inmigrantes clandestinos.
3.3 Prevención de los riesgos físicos.
3.4 Importancia de la aptitud física y mental.
3.5 Evaluación de situaciones de emergencia.
3.6 Comportamientos que contribuyen a valorar la imagen de marca de una empresa.
3.7 Entorno económico del transporte por carretera de mercancías y la organización del mercado.
1. Finalizado el curso de formación, los aspirantes a la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial, deberán superar, en un plazo no superior a un año contado desde dicha finalización.
2. El contenido de los exámenes, su convocatoria, la designación y composición de los tribunales y el derecho a concurrir a las pruebas se ajustará a lo dispuesto en el anexo V.
Los exámenes serán organizados por los órganos competentes para el otorgamiento de las autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros y mercancías por carretera en el territorio de que se trate.
La convocatoria de exámenes, deberá efectuarse, al menos, con un mes de antelación a la realización del primer ejercicio, abriendo un plazo de inscripción no inferior a quince días.
Deberán convocarse exámenes al menos seis veces al año, pudiendo el órgano competente publicar una vez al año todas las convocatorias referidas a este, indicando los plazos de inscripción correspondientes a cada convocatoria.
Los aspirantes a la obtención de la cualificación inicial podrán concurrir a las pruebas que se convoquen y realicen por los órganos competentes, con independencia de su lugar de residencia habitual o del lugar en el que hubieran realizado el curso preceptivo.
Quienes quieran obtener el permiso de conducir C deberán superar: