Estimado cliente, al objeto de darles cada día un mejor y más amplio servicio, en aquéllas cuestiones relacionadas con su profesión como conductor de vehículos pesados, hemos incorporado a nuestra Carta de Servicios el de GESTIÓN DE TARJETAS DE TACOGRAFO DIGITAL, que consiste fundamentalmente en lo siguiente:
Para la conducción de vehículos dotados de tacógrafo digital instalado en vehículos dedicados al transporte por carretera, será preciso contar con la correspondiente tarjeta de conductor.
La tarjeta de conductor es una tarjeta de tacógrafo asignada a conductores individuales, que identifica a éstos y permite almacenar datos sobre su actividad.
NOTA: Los autónomos deberán solicitar tanto una tarjeta de conductor como una de empresa.
La tarjeta de conductor es una tarjeta de tacógrafo asignada por la autoridad a conductores individuales, que identifica a éstos y permite almacenar datos sobre su actividad.
CONDUCTOR | Objeto del trámite | Plazos |
Canje |
Cuando el titular de una tarjeta de conductor válida expedida por un estado miembro haya fijado su residencia normal en España, podrá solicitar que se le canjee la tarjeta por otra tarjeta de conductor equivalente |
Durante todo el año |
Primera emisión |
Para la conducción de vehículos dotados de tacógrafo digital instalado en vehículos dedicados al transporte por carretera, será preciso contar con la correspondiente tarjeta de conductor. |
Durante todo el año |
Renovación por caducidad |
La tarjeta de conductor deberá ser renovada, a petición del interesado, cada cinco años |
Máximo 30 días hábiles antes de la fecha de caducidad |
Renovación por modificación de datos |
En el supuesto de que con posterioridad a la expedición de una tarjeta de conductor se produzcan hechos que supongan una modificación de los datos en ella contenidos debido a un error en los datos de la tarjeta u otra causa, el conductor deberá solicitar su renovación |
En el plazo máximo de UN MES a partir de momento en que se produzca la modificación |
Sustitución |
El conductor, en caso de pérdida, robo, deterioro, mal funcionamiento o retirada de la tarjeta de conductor, deberá solicitar la sustitución |
En el plazo máximo de 7 días naturales desde que se haya producido el hecho |
El contenido y características de las tarjetas de conductor, cuya validez será de cinco años, es el que al efecto se encuentra establecido en el apartado IV del anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85, de 20 de diciembre de 1985.
La tarjeta de conductor tendrá carácter personal y no podrá ser objeto, durante su plazo de validez, de retirada o suspensión bajo ningún concepto, a menos que se compruebe que ha sido falsificada, que el conductor utilice una tarjeta de la que no es titular o que se ha obtenido con declaraciones falsas o documentos falsificados.
El conductor sólo podrá ser titular de una tarjeta. Sólo podrá utilizar su propia tarjeta de conductor personalizada. No utilizará una tarjeta de conductor defectuosa o cuyo plazo de validez haya caducado o que haya sido declarada su pérdida o robo.
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